Islam y Coran
¿Qué familiares nos están prohibidos para casarse de acuerdo al Islam?

¿Qué familiares nos están prohibidos para casarse de acuerdo al Islam?

¿Qué familiares nos están prohibidos para casarse de acuerdo al Islam?

Hay 3 tipos de parentesco que hacen que el matrimonio sea ilegal:

a- Parentesco de sangre: un hombre no puede casarse con sus parientes cercanos siguientes: madre, abuela, hija propia, propia nieta, hermana, hija / nieta de hermana, hija / nieta de hermano, hermana de padre y hermana de la madre.

b- Familiares por matrimonio: a un hombre se le prohíbe eternamente casarse con la madre y la abuela de la mujer con la que se casó. Es lo mismo para la hermana y la nieta de su esposa con quien tuvo relaciones sexuales. Las esposas de su padre, abuelo, hijo y nieto también están eternamente prohibidas para él. Estas relaciones y prohibiciones permanecen, aunque la esposa fallezca o se divorcien.

c- Parentesco con la leche: la mujer que amamantó a una persona hasta los dos años y su esposo y sus hijos y otros niños a los que ella crió se convierten en parientes de esa persona mediante la lactancia. Aunque hay algunas excepciones, a una persona se le prohíbe casarse con las mujeres a las que se relaciona mediante la lactancia, al igual que a las que se le prohíbe por parentesco de sangre. Por ejemplo, una persona no puede casarse con su hermana menor, hermana de la misma mujer que los amamantó , hermana del esposo de la Madre lactante .

Los parientes aparte de los de arriba no tienen prohibido casarse. Versos relacionados son los siguientes:

«Y NO os caséis con aquellas mujeres con las que vuestros padres han estado casados– aunque lo pasado, pasado está: esto es, en verdad, algo indecente y aborrecible, y un mal camino.
Os están prohibidas vuestras hermanas, vuestras hijas, vuestras tías paternas y maternas, las hijas de vuestro hermano y las de vuestra hermana; y vuestras madres de leche, vuestras her- manas de leche; y las madres de vuestras esposas; y vuestras hijastras que están bajo vuestra custo- dia, nacidas de esposas con las que habéis consumado vuestro matrimonio; pero si no habéis consumado vuestro matrimonio, no incurriréis en falta [casándoos con sus hijas]; y [os están prohibidas] las esposas de vuestros hijos consanguíneos; y tener a dos hermanas [por esposas] a un tiempo –aunque lo pasado, pasado está: pues, ciertamente, Dios es en verdad indulgente, dispensador de gracia.
«(Sura 4 An-Nisa’ (Las Mujeres) 22-23)

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