Islam y Coran
¿Pueden casarse el hijo del tío materno y la hija de la tía paterna?

¿Pueden casarse el hijo del tío materno y la hija de la tía paterna?

PREGUNTA:

“¿Existe algún impedimento religioso para el matrimonio entre el hijo del tío materno y la hija de la tía paterna? ¿Es permitido tal matrimonio?”

 

RESPUESTA:

Si el hijo del tío materno y la hija de la tía paterna mencionados en su pregunta no son hermanos de leche, no hay ningún impedimento religioso para su matrimonio. Los parientes cercanos con los que está prohibido casarse son los siguientes:

‘No os caséis con las mujeres con las que se hayan casado vuestros padres, salvo lo que ya haya pasado. Ciertamente, esto era una inmoralidad, un acto aborrecible y un pésimo camino. Os están prohibidas [para el matrimonio] vuestras madres, vuestras hijas, vuestras hermanas, vuestras tías paternas, vuestras tías maternas, las hijas de vuestro hermano, las hijas de vuestra hermana, vuestras madres de leche que os amamantaron, vuestras hermanas de leche, las madres de vuestras mujeres, las hijastras que están bajo vuestra custodia nacidas de las mujeres con las que habéis consumado el matrimonio —pero si no lo habéis consumado, no hay pecado en vosotros—, las mujeres de vuestros hijos engendrados por vosotros, y tener como esposas a dos hermanas a la vez, salvo lo que ya haya pasado. Ciertamente, Alá es Absolvedor, Misericordioso.’ (An-Nisa, 4/22-23)

Es lícito (halal) casarse con parientes distintos de estos.

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