PREGUNTA:
¿Existe algún inconveniente desde el punto de vista religioso en compartir fotos en las redes sociales? ¿Cómo debería ser nuestra vestimenta en las fotos que compartimos?
RESPUESTA:
Mujeres y hombres, todos, en las fotos que compartan, deben tener cubiertas las partes que deban cubrirse de acuerdo con las normas del recato (tesettür), vistiendo del mismo modo que se vestirían fuera ante personas ajenas (namahrem). Pues, incluso si comparte las fotos solo con sus amigos, existe una alta probabilidad de que estas sean reenviadas a otros, mostradas o captadas por personas no deseadas.
En circunstancias normales, no existe una disposición que impida compartir fotos en las redes sociales; sin embargo, si comparamos nuestra vida en las redes sociales con nuestra vida diaria física, hay ciertos puntos que se deben tener en cuenta. A saber:
Está prohibido que una mujer o un hombre permanezcan a solas con una persona que sea namahrem para ellos en un lugar donde no haya un tercero presente. En los encuentros con personas namahrem realizados en público, se han cerrado todos los caminos que puedan despertar en los corazones cualquier sentimiento relativo a una relación fuera del matrimonio, empezando por la moderación de la mirada (véase: An-Nur, 24/30-31). Porque en el Corán no solo se prohíbe cometer adulterio (zina), sino incluso acercarse a él:
«No os acerquéis al adulterio. Porque es una atrocidad y un mal camino.» (Al-Isra, 17/32)
Debemos abordar nuestra vida en el mundo virtual bajo el marco de estas mismas reglas. Si las fotos privadas compartidas abren la puerta a recibir comentarios o mensajes privados de personas namahrem, o a que se genere una relación emocional extramatrimonial mediante palabras o imágenes seductoras, entonces no es permisible (caiz) realizar dicha publicación.
El hecho de que las personas casadas mantengan correspondencia con personas namahrem a través de aplicaciones de mensajería y entablen relaciones emocionales las acerca al adulterio y perjudica a sus familias.
En cuanto a las personas no casadas que no tienen la oportunidad de conocerse en persona debido a la distancia, solo pueden mantener este tipo de correspondencia durante un breve período con la intención de contraer matrimonio y con el fin de conocerse mutuamente. Así como en la vida cotidiana el período de conocimiento previo al matrimonio debe finalizar con el matrimonio sin convertirse en un noviazgo informal (flört), las personas que se conocen en el entorno virtual también deben tomar una decisión de matrimonio lo antes posible y concluir el proceso presentando a las familias en la vida real.


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