Islam y Coran
¿Puede una mujer cuyo periodo menstrual ha terminado tener relaciones con su esposo sin haber realizado el baño de purificación (gusl)?

¿Puede una mujer cuyo periodo menstrual ha terminado tener relaciones con su esposo sin haber realizado el baño de purificación (gusl)?

PREGUNTA:

¿Puede una mujer cuyo periodo menstrual ha terminado tener relaciones con su esposo sin haber realizado el baño de purificación (gusl)? ¿Está bien si realiza el gusl después de tener relaciones, o es necesario que lo haga antes?

 

RESPUESTA:

En el versículo 222 de la sura Al-Baqara, Allah el Altísimo dice:

«Te preguntan acerca de la menstruación. Di: “Es una molestia; manteneos apartados de las mujeres durante el sangrado. No os acerquéis a ellas hasta que se purifiquen. Y cuando se hayan purificado por completo, acercaos a ellas por donde Allah os ha ordenado. Ciertamente, Allah ama a los que se arrepienten y ama a los que se purifican”».

Según el versículo anterior, existen dos condiciones para que la relación sexual, prohibida durante la menstruación, vuelva a ser lícita:

  1. El periodo menstrual de la mujer debe haber finalizado.

  2. La mujer debe purificarse por completo, es decir, realizar el baño ritual (gusl) o lavarse.

La gran mayoría de los sabios (ulama), encabezados por las escuelas shafí, malikí y hanbalí, han llegado al consenso de que no es lícito mantener relaciones sexuales con una mujer cuya menstruación ha terminado hasta que se haya purificado con el gusl. Solo los hanafíes han sostenido que, en caso de que la sangre menstrual se detenga al final del periodo habitual, la relación sexual sería permisible aun sin haber hecho el gusl, siempre y cuando transcurra el tiempo de un tiempo de oración (salah). (Yunus Vehbi Yavuz, “Hayız”, Diyanet İslam Ansiklopedisi, vol. 17, p. 53).

Según los hanafíes, una vez transcurrido el límite máximo de la menstruación (diez días), es lícito mantener relaciones sexuales incluso sin tomar el baño ritual. Sin embargo, para una mujer cuyo periodo es más corto que este plazo, no es lícito tener relaciones inmediatamente después de que finalice la menstruación y se detenga el sangrado. En tal situación, para que las relaciones sexuales sean lícitas, la mujer debe haber realizado el gusl, o bien debe haber transcurrido el tiempo de una oración, o, debido a una excusa, haber realizado el tayammum y rezado al menos una oración voluntaria (nafl) con él. (Mehmet Şener, “Hayız”, İslam’da İnanç İbadet Ve Günlük Yaşayış Ansiklopedisi, Redactor científico: İbrahim Kâfi Dönmez, Estambul, 1997, vol. 2, p. 218).

La prueba de Abū Ḥanīfa para sostener esta postura es la siguiente:

«Las palabras de Allah el Altísimo, “No os acerquéis a ellas hasta que se purifiquen”, han prohibido acercarse a ellas y han expresado que esta prohibición llegará a su fin con el cese de la menstruación. Dado que el cese de la menstruación es la causa del fin de esta prohibición, cuando la menstruación concluye, la prohibición deja de existir».

Rāzī, en su tafsir, registra que al-Qāḍī (probablemente Qāḍī ʿAbd al-Jabbār) respondió a la postura de Abū Ḥanīfa de la siguiente manera:

«Si Allah Todopoderoso solo hubiera dicho en el versículo “Hasta que se purifiquen”, lo que usted afirma sería sumamente adecuado. Sin embargo, al añadir a este mandato la condición “Y cuando se hayan purificado por completo…”, ambas expresiones juntas se convierten en la razón para el fin de esta prohibición. Esto es como si alguien dijera: “No hables con fulano hasta que entre a la casa. Después de que entre, si está de buen agrado, habla con él”. La posibilidad de hablar con esa persona debe depender de ambas condiciones a la vez. Siendo esto así, tras el cese de la menstruación, la purificación completa es absolutamente necesaria». (Fakhr al-Dīn al-Rāzī, at-Tafsīr al-Kabīr, vol. 6, p. 419, tafsir del versículo 222 de la sura Al-Baqara).

A la luz de las pruebas, se comprende que la opinión de la mayoría es la más acertada; es decir, que una mujer cuyo periodo ha terminado no puede mantener relaciones sexuales con su cónyuge sin antes haber realizado el baño de purificación (gusl).

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